Cambios y dudas sobre el DNU 27/2018
La digitalización de los expedientes ha aliviado muchísimo el trabajo material de los abogados. Más problemático resulta adaptarse a los cambios de legislación que ya ha habido, como por ejemplo, los introducidos por el mega DNU 27/2018, el cual en lo que a Propiedad Industrial se refiere, ha modificado profundamente las leyes de Marcas, Patentes y Modelos Industriales.
Entre esos cambios, podemos citar el del sistema de resolución de oposiciones en el que se reducen los términos, se suprime la Mediación y se impone al INPI la obligación de resolverlas, con recurso ante la Cámara Civil y Comercial Federal. Esto suprimirá los prolongados y costosos juicios por oposición infundada y aliviará a este fuero judicial pero recargará de trabajo al referido ente administrativo y no nos quitará trabajo a los abogados, ya que será imprescindible nuestro patrocinio en ese procedimiento administrativo.
Otro cambio, por ejemplo, se refiere a la declaración jurada de medio término que se exige para evitar la caducidad del registro marcario por falta de uso, lo cual dará más trabajo a los agentes de marcas en la custodia de tales registros (y mayores costos para el titular).
Aunque todo esto todavía no ha sido reglamentado y no está operativo, lo cierto es que ha originado incertidumbre y desasosiego en el ambiente «marquero».
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